Podrán beneficiarse de estas ayudas las PYMES y los empresarios individuales que se dediquen a la actividad del comercio, los servicios o la artesanía, y que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, así como las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo los proyectos o actividades subvencionables.